miércoles, 24 de julio de 2013

INTERCAMBIO EN GRECIA ¿TE VIENES?

INTERCAMBIO EN GRECIA ¿TE VIENES?

Por la presente os informamos que estamos buscando 5 participantes de MIJAS de 18-25 AÑOS para un proyecto en CRETA. GRECIA, del 23 al 29 de SEPTIEMBRE para un INTERCAMBIO del Programa Juventud en Acción sobre Deportes de Aventura y Medio Ambiente
El programa Juventud en Acción financia el 100% del Alojamiento  y el 70% de los gastos de Viaje.
Los interesados deben rellenar este formulario online antes del  5 AGOSTO a las 12:00 para poder solicitar este INTERCAMBIO
Así mismo informamos que los seleccionados deberán acudir a una reunión informativa el 12 de AGOSTO a las 12:00 horas en las instalaciones del AREA DE JUVENTUD DE MIJAS
Si te interesa conocer mas sobre las actividades de Juventud en Acción nos puedes escribir a info@intercambia.org
NOTA – se informa a los interesados en participar que será necesario abonar el vuelo 100% antes de participar. Devolviéndose 70% de importe a la finalización de actividad. Tras cumplirse las normas del proyecto.

INTERCAMBIO EN GEORGIA ¿TE VIENES?

INTERCAMBIO EN GEORGIA ¿TE VIENES?

Por la presente os informamos que estamos buscando 4 participantes de MIJAS de 18-25 AÑOS (2 con Discapacidad y 2 sin Discapacidad)  para un proyecto en GEORGIA, del 27 de SEPTIEMBRE al 6  de OCTUBRE para un INTERCAMBIO del Programa Juventud en Acción sobre INCLUSION SOCIAL
El programa Juventud en Acción financia el 100% del Alojamiento  y el 70% de los gastos de Viaje.
Los interesados deben rellenar este formulario online antes del  5 AGOSTO a las 12:00 para poder solicitar este INTERCAMBIO
Así mismo informamos que los seleccionados deberán acudir a una reunión informativa el 12 de AGOSTO a las 13:00 horas en las instalaciones del AREA DE JUVENTUD DE MIJAS
Si te interesa conocer mas sobre las actividades de Juventud en Acción nos puedes escribir a info@intercambia.org
NOTA – se informa a los interesados en participar que será necesario abonar el vuelo 100% antes de participar. Devolviéndose 70% de importe a la finalización de actividad. Tras cumplirse las normas del proyecto.

martes, 23 de julio de 2013

PROYECTOS 2013 ASESORÍA INFOEUROPA

ASESORÍA INFOEUROPA




Jóvenes consultando en la Asesoría Info-Europa, sobre las distintas posibilidades para participar en acciones de intercambios y voluntariados europeos. 







Acciones realizadas en 2013 hasta la fecha: 

Intercambios: Estonia, Inglaterra, Mijas, Grecia y Georgia.
Voluntariados: Finlandia, Ucrania.




INTERCAMBIO REINO UNIDO

Jóvenes del Área de Juventud del Ayto de Mijas camino de su Intercambio Juvenil en Uk... que ganiitas que tienen todos/as!



INTERCAMBIO ESTONIA

Nuestra Rocio y Salva en Estonia, en una visita de preparación del Proyecto un proyecto del Area De Juventud Mijas para el Verano que viene... que ganitas de volver a vernos con nuestros amigos/as de Estonia, Francia y Finlandia.






VOLUNTARIADO EN FINLANDIA

Acaban de llegar nuestros 5 Voluntarios Europeos a Finlandia, para su SVE de 3 semanas en un Festival de Juventud.. por sus caras está claro que lo van a dar TODO!




INTERCAMBIO EN MIJAS CON LA PARTICIPACIÓN ADIMI

El área de juventud trabaja en coordinación con Adimi para realizar un intercambio en Mijas, con jóvenes de distintos paises europeos. Teniendo como objetivo la integración social de jovenes con menos oportunidades.







viernes, 5 de julio de 2013

BECA ACADÉMICA DE TRANSPORTE PÚBLICO 2013



  
BASES
BECA ACADÉMICA DE TRANSPORTE PÚBLICO 2013
ÁREA DE JUVENTUD

OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El Área de Juventud del Exmo. Ayuntamiento de Mijas convoca las Becas Académica de Transporte Público 2013 para estudiantes  con edades comprendidas entre  14 y  30 años.   Con el objetivo de subvencionar el gasto de movilidad,  ocasionado por la utilización del transporte público,  entre el lugar de residencia y el centro de estudios en el que se encuentre matriculado en el curso 2012/2013 cursando estudios reglados o en cualquier modalidad académica.


1. REQUISITOS DEL SOLICITANTE

Para obtener alguna de las becas convocadas, será preciso cumplir los siguientes requisitos:
  1. Tener una edad comprendida entre 14 y 30 años.
  2. Estar empadronado en Mijas, como mínimo,  con una antigüedad de dos años anterior a la fecha de solicitud de la beca.
  3. Estar matriculado en alguna modalidad académica reglada durante el curso lectivo correspondiente.
  4. Que el Centro de Estudios en el que  este matriculado el/la solicitante no se encuentre en  el municipio de Mijas.
  5. Que el  medio utilizado  para el  desplazamiento habitual durante el periodo lectivo, desde el lugar de residencia al Centro de Estudios, sea el  transporte público.
  6. No haber sido beneficiario , en el mismo periodo lectivo, de beca o ayuda por el mismo concepto.
2. CLASES Y CUANTÍAS DE LAS BECAS

La dotación económica destinada para esta convocatoria 2012/2013, es de 18.000 €. Si la cantidad adjudicada fuese insuficiente, al ser superior el importe del total de las solicitudes, que cumpliendo todos los requisitos,  superase la dotación destinada,  se estudiaría la ampliación de la misma.  En el supuesto de no ser posible el incremento de dicha partida, el criterio de adjudicación será el del umbral de renta establecido en el punto nº 4 de estas bases, siguiendo el orden de adjudicación  siguiente: Umbral de renta 1, Umbral de renta 2, Umbral de renta 3,  siendo los últimos beneficiarios los pertenecientes al  Umbral de renta 4, hasta agotar la totalidad del importe  designado para este fin.

Tendrán derecho a beca todos aquellos solicitantes que hayan superado, a fecha de la solicitud, el 50 % de las materias y/o asignaturas matriculadas en el curso lectivo correspondiente. Quedan excluidos de esta convocatoria, todos aquellos estudiantes que no hayan superado este porcentaje,  reservándose esta entidad,  el derecho a la comprobación de la veracidad de dichos datos.

Tendrán un incentivo adicional de 100 €,  todos aquellos estudiantes, que habiéndose matriculado en al menos 4 asignaturas o materias,  hayan superado el 75 % de las mismas correspondiente a dicho curso lectivo. Esta cantidad se sumará a la cuantía resultante  tras la  baremación.

Los estudiantes podrán optar a las siguientes modalidades de beca, según el umbral de renta de la unidad familiar y el expediente académico del año lectivo correspondiente.

1.      Beca modalidad A: se otorgará a los solicitantes, cuya renta familiar,  no superen el umbral de renta 1,  el 100 %  del importe que justifique con los tickets del transporte público utilizado durante el periodo lectivo correspondiente.

2.      Beca modalidad B: se otorgará a los solicitantes cuya, renta familiar,  no superen el umbral de renta 2,  el 75 % del importe que justifique con los tickets del transporte público utilizado durante el periodo lectivo correspondiente.

3.      Beca modalidad C: se otorgará a los solicitantes, cuya renta familiar,  no superen el umbral de renta 3,  el 50 % del importe que justifique con los tickets del transporte público utilizado durante el periodo lectivo correspondiente.

4.      Beca modalidad D: se otorgará a los solicitantes, cuya renta familiar, superen el umbral de renta 3,  el 25 % del importe que justifique con los tickets del transporte público utilizado durante el periodo lectivo correspondiente.

3. REQUISITOS DE CARÁCTER ECONÓMICO

A efectos de la determinación de la renta familiar, para ser beneficiario/a de la Beca de Transporte Público de esta convocatoria,  se computará los ingresos de la unidad familiar del ejercicio económico  2012.

La renta de la unidad familiar,  a efectos de esta beca,  se obtendrá por la suma de las diferentes rentas del ejercicio 2012 de cada uno de los miembro computable de esta, calculándose en función de lo  indicado en los párrafos siguientes,  de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.


 1. Determinación de la renta computable.

1. Para la concesión de las becas que se convocan, se seguirá el procedimiento y se aplicarán los umbrales de renta y patrimonio familiares que se fijan en estas bases.

2. El umbral económico  familiar a tener en cuenta, se obtendrá mediante la suma de las  casillas nº 455 y 465  del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,  del periodo contributivo 2012, de todos los miembros computables de la familia que aparezcan en el padrón colectivo. 

3. Para la determinación de la renta de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años,  que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el periodo correspondiente.  
Se facultará al Ayuntamiento  de Mijas, mediante autorización expresa facilitada por el Dpto. de Juventud, para obtener el Certificado de Imputaciones de Rentas emitido por la Agencia Tributaria u organismo público o privado autorizado para ello,   con el fin de obtener los datos necesarios  para la determinación de la renta  a efectos de esta beca.

2. Miembros computables para la renta familiar.

1. Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, son miembros computables de la familia el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso, el solicitante, los hermanos solteros, en edad laboral,  y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del ejercicio económico correspondiente, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.

En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos si los hubiere y que convivan en el mismo domicilio.

2. En el caso de divorcio o separación legal de los padres no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante de la beca.

Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable y sustentador principal, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.

3. En los supuestos en los que el solicitante de la beca sea un menor en situación de acogimiento, será de aplicación a la familia de acogida lo dispuesto en los párrafos anteriores. Cuando se trate de un mayor de edad tendrá la consideración de no integrado en la unidad familiar a estos efectos.

4. En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, se entenderá no probada la independencia, por lo que para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca, se computarán los ingresos correspondientes a los miembros computables de la familia.


4. UMBRALES DE RENTA

Se incrementará  el umbral de la renta familiar aplicable en un 20 % cuando el solicitante sea huérfano absoluto y acredite esta situación.

Umbral de Renta  1 (Beca 100%)
Familias de un miembro................................. 7.697,00 euros
Familias de dos miembros............................ 12.537,00 euros
Familias de tres miembros............................ 16.465,00 euros
Familias de cuatro miembros........................ 19.531,00 euros
Familias de cinco miembros......................... 22.164,00 euros 
Familias de seis miembros........................... 24.708,00 euros
Familias de siete miembros.......................... 27.115,00 euros 
Familias de ocho miembros.......................... 29.501,00 euros

A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.282,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.


Umbral de Renta  2 (Beca 75%)
Familias de un miembro................................. 10.006,00 euros
Familias de dos miembros............................ 16.298,00 euros
Familias de tres miembros............................ 21.405,00 euros
Familias de cuatro miembros........................ 25.390,00 euros
Familias de cinco miembros......................... 28.813,00 euros 
Familias de seis miembros........................... 32.120,00 euros
Familias de siete miembros.......................... 35.250,00 euros 
Familias de ocho miembros.......................... 38.351,00 euros

A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.282,00 euros pro cada nuevo miembro computable de la familia.

Umbral de Renta  3 (Beca 50%)
Familias de un miembro................................. 12.007,00 euros
Familias de dos miembros............................ 19.558,00 euros
Familias de tres miembros............................ 25.686,00 euros
Familias de cuatro miembros........................ 30.468,00 euros
Familias de cinco miembros......................... 34.576,00 euros 
Familias de seis miembros........................... 38.544,00 euros
Familias de siete miembros.......................... 42.300,00 euros 
Familias de ocho miembros.......................... 46.021,00 euros

A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.282,00 euros pro cada nuevo miembro computable de la familia.

Umbral de Renta  4 (Beca 25%)
Todas las solicitudes presentadas, que cumplan los requisitos exigidos en estas bases, y superen los ingresos fijados por unidad familiar del umbral de renta 3.

5. REGLAS DE PROCEDIMIENTO

La solicitud se debe cumplimentar mediante el formulario que se encuentra a disposición de los usuarios en: Área de Juventud (Teatro Las Lagunas) Camino del Albero, 16 Mijas Costa,  o se puede descargar directamente  de la Página Web del Ayuntamiento de Mijas (Juventud-Becas): www.mijas.es/portal/es/becas
Documentación a  aportar:
·        Solicitud debidamente cumplimentada.
·        Fotocopia y original del DNI/NIE/Pasaporte del solicitante.
·        Fotocopia  de la cuenta corriente donde figure como titular el solicitante.
·        En caso  de orfandad absoluta, fotocopia y original del libro de familia,  y en su defecto, documento que acredite el modelo de unidad familiar alegada.
·        Fotocopia de la matricula del curso lectivo 2012/2013.
·        Original de los Bonos de autobús, facturas, tickes o billetes de transporte público utilizados para el desplazamiento habitual al centro de estudio.

·        Justificante de ingresos de todos los miembros del padrón colectivo, mayores de 18 años,  (Fotocopia de la declaración del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas 2012).

O en su defecto, y para los miembros mayores de 18 años de la unidad familiar  que no tengan obligación de declarar, Autorización firmada  dando potestad al Ayuntamiento de Mijas para recabar datos tributarios relativos al nivel de renta (IRPF), adjuntando fotocopia del DNI de todos los miembros que otorga la autorización.

(No se admitirán: la recarga de tarjeta de transporte, y/o facturas de gasolina.  
En caso de residir  fuera del municipio , no se tendrán en cuenta,  para el calculo en el gasto de transporte,  los costes adicionales generados por el desplazamiento ocasional  a dicha residencia. 
El Área de Juventud del Ayuntamiento de Mijas,  se reserva el derecho a realizar las comprobaciones  que considere oportunas de las facturas, bonos y/o  tickets entregados,   para verificar si corresponden al transporte habitual,  horario y   fechas lectivas.)

6. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

6.1  Lugares y medios de presentación de solicitudes.

1. La solicitud se presentará,  preferentemente,  en el Área de Juventud del Ayuntamiento de Mijas (Teatro Las Lagunas) Camino del Albero 16 Mijas Costa  o, en su defecto dirigida al Área de Juventud de Mijas,  dentro de plazo de presentación,   en  los registros siguientes:

·        En los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.


6.2. Plazo de presentación de solicitudes.

     1.   Recogida de solicitudes:  Desde el 15 de julio de  2013.

     2. Entrega de solicitudes:  Desde el  22 de julio  hasta las 14 horas del 14 de agosto de 2013.

  1. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo fijado en esta convocatoria, resolviéndose la inadmisión de las mismas.
    4.      La entrega de la solicitud implicará la aceptación de las condiciones recogidas en esta convocatoria.


7. SUBSANACIÓN DE LA SOLICITUD.

Si la solicitud no se cumplimentase correctamente,  o existiese defecto en la documentación presentada o solicitada,  y siempre que se haya presentado en el plazo fijado en esta convocatoria para este fin.   Se informará a la persona interesada,   para que en el plazo de diez días,   proceda a la subsanación de la misma, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se  tendrá por desestimada la solicitud.

Transcurrido el plazo de subsanación, y tras la verificación por la Administración y en función de los nuevos datos o documentos aportados,   se dictará resolución  positiva o negativa de la solicitud/es solicitada/s y se publicará en plazo y forma prevista.



 8. CONCESIÓN, DENEGACIÓN Y PUBLICACIÓN

1. El plazo para resolver las solicitudes, será de 6 meses desde la publicación de la convocatoria. En caso de no tener contestación, una vez superado dicho plazo, se entiende desestimado por silencio administrativo.

2. Dado que la resolución definitiva de la concesión de las becas pone fin a la vía administrativa, es posible interponer recurso potestativo de reposición contra la misma, o alternativamente,  recursos contencioso administrativo.

3. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos se incorporarán a un fichero del que es responsable el Ayuntamiento de Mijas con la finalidad de gestionar los programas de ayudas, becas y subvenciones dependientes del Ayuntamiento o de otras Administraciones. Con la firma de esta solicitud está dando su consentimiento para que  sus datos puedan ser tratados por el Ayuntamiento de Mijas y  puedan ser cedidos a otras Administraciones con competencia en la materia.  Si ha facilitado su dirección electrónica o su número de teléfono está dando su consentimiento a recibir información por estos medios relativa a proyectos y programas del Ayuntamiento de Mijas. Así mismo, le informamos que las listas de beneficiarios podrán ser expuestas en la página web municipal, en los tablones de anuncios o donde el Ayuntamiento considere oportuno con el fin de informar de una forma transparente a todos los beneficiarios. Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito, en el que se adjuntará documento identificativo, dirigido al Ayuntamiento de Mijas en Avda. Virgen de la Peña 2, 29650 Mijas (Málaga)

4. De acuerdo con la información que  se haya facilitado  se  elaborará una base de datos con los solicitantes que tengan derecho a la beca,  identificando la cuantía adjudicada y una base de datos con las solicitud/es que resulte/n denegada/s indicando la causa, dándole publicidad en la forma habitual.

9. PAGO DE LA BECA


El pago de la beca se hará efectivo mediante transferencia bancaria al número de cuenta facilitado por el solicitante.